SSTEEV

Préstamos a Corto Plazo

Art 44 al 47 Ley de Seguro Social De Los Trabajadores De la Educación del Estado de Veracruz

Los préstamos a corto plazo se ajustarán a las siguientes normas:

      Se otorgarán por riguroso turno, tomando como base la fecha en que sean recibidas las solicitudes.

      Por ningún motivo serán mayores de tres meses de sueldo o sueldos base.

      Causarán un interés del diez por ciento anual calculado sobre saldos insolutos, el cual se descontará por anticipado.

      No se otorgará nuevo préstamo mientras el socio no haya liquidado el anterior.

      El plazo para redimir el préstamo será como máximo de veinte quincenas.

Requisitos:

      Llenar la solicitud.

      Traer original y fotocopia del último talón de pago del interesado y fiador.

      Presentar credencial con copia del S.S.T.E.E.V. y credencial de elector (original y vigente) del interesado y fiador.

      El fiador  derechohabiente del SSTEEV, debe tener una antigüedad  mínima de  5 años cumplidos en el servicio.

      El fiador activo puede otorgar 2 firmas,  el jubilado o pensionado solo puede dar una firma como fiador.

Importes a Otorgar

Alcance Mínimo Quincenal

Importe a Otorgar

$600.00 a $799.99

$2,700.00

$800.00 a $999.99

$3,000.00

$1000.00 a $1499.99

$4,000.00

$1500.00 en adelante

$6,000.00

Formato préstamo a corto plazo 

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