Gastos Funerarios, Cláusula 111

Se proporcionará a los beneficiarios de los trabajadores académicos sindicalizados que fallezcan, por concepto de gastos de funeral

1 a 10 años 3 meses de sueldo
10 a 20 años 5 meses de sueldo
Más de 20 años de antigüedad 6 meses de sueldo

En ningún caso, el pago será menor a lo que resulte de tomar como base el importe de quince horas-semana-mes.

El pago será realizado dentro de un plazo de quince días a la persona que hubiese sido designada como  beneficiaria; en caso de no existir la designación, al cónyuge o cualquiera de los hijos, padres, hermanos o familiares que acrediten haber realizado los gastos de funeral. Este pago se realizará dentro de los quince días siguientes a la presentación a la UV de los documentos relativos.

Requisitos:

  1. Solicitud de la persona que realizó el pago dirigido a la Lic. Guadalupe Perea Contreras, Directora de Relaciones Laborales.
  2. Acta de defunción (Certificada)
  3. Acta de nacimiento certificada del fallecido
  4. Acta de nacimiento (certificada) del beneficiario, o familiar que realizó el pago funerario
  5. Factura original de la funeraria.

Nota: para el cobro es necesario presentar credencial de elector (para cotejo) y dos fotocopias.

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