Exitosa negociación 2020 entre FESAPAUV-UV
Uno por ciento más para maestros de asignatura
¡Misión cumplida! Una vez más, la planeación y la experiencia delComité Estatal y secretarios regionales, se hicieron patentes en los logros obtenidos en esta negociación, pues desde el mes de octubre del 2019 se realizóla primera reunión entre nuestra organización sindical y las autoridades universitarias, en la quelos representantes sindicales hicieron diferentes planteamientos administrativos y académicos con el objetivo de ir avanzando en la negociación contractual y salarial 2020.
Posteriormente, con una agenda de trabajo establecida entre ambas partes,la mañana del 6 de febrero se reunieron FESAPAUV y la Universidad Veracruzana en la sala de juntas de las áreas para dar inicio a las pláticas de negociación del año 2020. Estuvieron presentes el Comité Ejecutivo Estatal, encabezado por el Ing. Levet Gorozpe, los secretarios regionales de las cinco regiones en que se tiene presencia: Ing. Fernando Cancino Cancino, Ing. Juan Manuel Fragoso Montalvo, Ing. Roberto Mateos Crespo, Ing. Jobo Lara Faticati, y, en representación de la Mtra. Irma Zamora Cortina, el Mtro. Miguel Hugo Garizurieta Meza, de las regiones de Coatzacolacos, Veracruz, Poza Rica, Orizaba y Xalapa respectivamente.
Asistieron las autoridadesuniversitarias encabezadas por la Dra. Magdalena Hernández Alarcón, titular de la Secretaría Académica, el Dr. Octavio Agustín Ochoa Contreras, de la Secretaría de Desarrollo Institucional, el Mtro. Salvador Tapia Spinoso, secretario de Administación y Finanzas, el Dr. José Raúl Trujillo, director general de Recursos Humanos, la Mtra. Raín Rojas Molina, dierctora de Personal, los directores de área: Dirección General del Área AcadémicaEconómico Administrativa, Dr. Arturo Bocardo Valle, Dirección General del Área Académica de Humanidades, Mtro. José Luis Martínez Suárez, Dirección General del Área Académica Técnica, Mtro. Ángel Eduardo Gasca Herrera, Dirección General del Área Académica de Ciencias Biológico-Agropecuaria, Dr. Domingo Canales Espinosa, Dirección General del Sistema de Enseñanza Abierta, Mtro. Miguel Sosa Ruíz, Dirección General de Investigaciones, Dr. Ángel Rafael Trigos Landa, entre otros.
En este contexto, durante todo el mes de febrero se realizaron reuniones con un intenso trabajo derivado del pliego de incumplimientos y violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo CCT, las problemáticas planteadas de manera clara por los representantes sindicales llegaron a excelentes resultados, y este proceso culminó el pasado 26 de febrero con la realización de la C Asamblea Estatal Extraordinaria, en la que se presentaron ante los delegados seccionales de las cinco regiones los logros obtenidos en la negociación,haciendo hincapiéen el numero de casos que se plantearon,más de 600, yde los cuales el 65% fueron de carácter laboral y el 35% de carácter académico y financiero. De esta forma,una vez que la Asamblea Estatal conoció los resultados descritos por el Ing. Levet Gorozpe, se procedió a la votacióncon la que de manera unánimese aprobóel trabajo realizado por el Comité Estatal y comités regionales,cerrando exitosamente la negociación contarctual y salarial 2020 en la rectoría y en presencia de las autoridades de la Secretaría del Trabajo, Previsión Social y Productividad (STPS) y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, el acto de firma de convenio fue encabezado por la rectora, Sara Ladrón de Guevara; el secretario general del sindicato académico, Enrique Levet Gorozpe, y la titular de la STPS, María Guadalupe Argüelles Lozano.
Cabe mencionar que,previamente al inicio de laC Asamblea Estatal Extraordinaria, cada uno de los líderes regionales se reunió con sus representantes seccionales y delegados que asistieron a esta asamblea para compartir los logros obtenidos y obtener la aprobación de manera regional. Los resultados se exponen a detalle a continuación:
Aspectos administrativos
- De faltantes de pago y pendientes varios, se tramitaron aproximadamente 150 solicitudes, por un pago de diferentes regiones.
- Se pagaron un total de 63 impresiones de tesis adicionales a las que se tienen contempladas en nuestro Contrato Colectivo de Trabajo CCT(cláusula 80c), con un total de $504,000.00 (quinientos cuatro mil pesos 00/100 M.N.).
- De febrero del 2019 a febrero del 2020, la UV pagó por concepto de liquidaciones por este concepto: $118,970,544.52(ciento dieciocho millones novecientos setenta mil quinientos cuarenta y cuatro pesos52/100 M.N.).
- Se cubrió el adeudo de gasto médicoen el periodo del 1 de febrero del 2019 al 31de enero del 2020 atendiendo 6,873 solicitudes, que importaron un total de $ 30,874,204.87 (treinta millonesochocientos setenta y cuatro mil doscientos cuatro pesos 87/100 M.N.).
- La Universidad Veracruzana pagó por concepto de Anticipo de Sueldo $ 7,167,436.45 (siete millones ciento sesenta y siete mil cuatrocientos treinta y seis pesos 45/100 M.N.), que corresponden a 237 solicitudes, entre marzo 2019 y febrero 2020, destacando que de noviembre 2019 a la fecha se pagaron $1,990,372.77 (un millón novecientos noventa mil trescientos setenta y dos pesos, 77/100 M.N.) correspondientes a 76
Acuerdos académicos
- Convocatoria de plazas, un tema importante para el sindicato, en el que se acordó que en el próximo mes de mayo seconvocarán de 80 plazas de tiempo completo y otra convocatoria para el mes de octubre.
- La Universidad Veracruzana autorizó en tiempo y forma los años sabáticos y extensiones que solicitó esta organización sindical, resultando74 años sabáticos y extensiones.
- Productividad. En este rubro, y en respuesta al documento “Consideraciones para el sistema de evaluación del desempeño docente en la Universidad Veracruzana”, se hacen las siguientes consideraciones:
- Respecto a la incertidumbre de que el documento rector del PEDPA para el período 2019-2021 no contemple a profesores de asignatura y técnicos académicos porque no son perfil PRODEP, le preciso,si serán considerados los profesores de asignatura y técnicos académicos. El perfil PRODEP es un requisito que deberán cubrir los PTC.
- En relación al porcentaje de inasistencias para el ejercicio del PEDPA 2019-2021, se considerará lo establecido en el lineamiento federal “no cumpla con un mínimo de asistencia del 90% de acuerdo a su jornada y horario de trabajo”.
- Con relación al puntaje de grado de Doctor, la eliminación del puntaje fue una disposición de la Dirección General de Educación Superior Universitaria (DGESU); sin embargo, a aquellos académicos que obtengan el grado durante el bienio a evaluar,se les otorgarán los 60 puntos.
- Respecto a los descuentos para aplicar en el Sistema de Enseñanza Abierta (SEA), y tomando en cuenta las características de los planes y programas del SEA que se ofrecen de manera presencial los fines de semana en sesiones educativas de interacción grupal los sábados y en bloques de período escolar (agosto-enero y febrero-julio) y calendarizados conforme a las necesidaddes de cada programa educativo, se propone un mecanismo equitativo y justo para aplicar los descuentos del personal académico por falta injustificada y que el resultado de dicho procedimiento sea dividido por un factor de 2, lo que reflejaría el descuento a aplicar por hora por falta injustificada a la impartición de docencia en las jornadas sabatinas.
Propuesta económica
- Incremento del 3.4 % (tres punto cuatro por ciento) directo al salario por cuota diaria contenidos en el tabulador vigente (sin prestaciones) a partir del primero de marzo del año en curso.
- El incremento salarial a que se refiere el numeral que antecede (sin prestaciones) tendrá efectos retroactivos al primero de febreo del 2020 y se pagará a los trabajadores que hayan laborado en ese mes.
- La Universidad otorga a los profesores de asignatura una retabulación del 1% (uno porciento) al sueldo tabular vigente en febrero del año en curso a partir del 1 de marzo del año 2020.
- La institución otorga una Retabulación del 1% (uno porciento)al sueldo tabular vigente en febrero del 2020 a partir del 1 de marzo del año en curso, únicamente a la categoría “académico instructor” con un sueldo tabular menor o igual a $9703.04
- Cláusula 98, del Contrato Colectivo de Trabajo: Incremento de la cantidad que se otorga por concepto de “endodoncias y parodoncias”, para quedar en $1, 290.00 (mildoscientos noventa pesos 00/100 M.N.).
- Cláusula 98, del Contrato Colectivo de Trabajo: Incremento de la cantidad que se concede por concepto de “armazón de lentes”, para quedar en $1,277.00 (mil doscientos setenta y siete pesos 00/100 M.N.).
- Cláusula 105 del Contrato Colectivo de Trabajo: Un incremento de la cantidad que se otorga por concepto de “despensa” en cincuenta centavos por hora-semana-mes, para quedar en la cantidad de $32.50 (treinta y dos pesos 50/100 M.N.)la hora-semana-mes.
- Cláusula 108 del Contrato Colectivo de Trabajo:Incremento de la cantidad que se otorga por concepto de “ayuda para pago de renta” en cincuenta centavos por hora-semana-mes, para quedar en la cantidad de $22.00 (veintidos pesos 00/100 M.N.) por hora-semana-mes.
- Cláusula 109del Contrato Colectivo de Trabajo: Incremento de 50 centavos por hora-semana-mes para “ayuda del fomento del ahorro”,para quedar en la cantidad de $50 (diecisiete pesos 50/00 M.N.) la hora-semana-mes.
- Cláusula 110 del Contrato Colectivo de Trabajo: La Universidad y el sindicato acuerdan modificar la prestación que se otorgapor concepto de “seguro de vida”,para quedar en la cantidad de $108,150.00(ciento ocho mil ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.)
- Otorgar una compensación única equivalente al resultado de obtener la diferencia que resulte entre el tabulador vigente del Subsistema Estatal de Enseñanza Media Superior contra el de la Universidad Veracruzana (sin prestaciones), atendiendo a la categoría y zona económica que corresponda para el personal académico que haya laborado en el período comprendido del 1 al 29 de febrero del 2020. Esta compensación única no integrará la base para el cálculo del incremento salarial y retabulación, que se otorga con motivo de la revisión, y quedará sin efectos a partir del primero de marzo del año en curso.
- Derivado de la cancelación que se hizo del 16 de septiembre (día festivo que coincidía con el período vacacional), se cubrirá a los trabajadores académicos que hayan laborado durante dicho mes del año 2019 una cantidad equivalente a lo que resulte de la diferencia de un mes de sueldo, que perciban conforme al tabulador que está vigente en este mes de febrero (sin prestaciones), con el que se establece como consecuencia de esta revisión contractual y salarial.
Consideraciones respecto a la propuesta económica:
Los incrementos concedidos a las prestaciones tendrán efectos a partir del 1 de marzo de 2020. El pago regularizado que resulte con motivo del incremento a los salariosy del retroactivo, asi como lo relativo a los conceptos a que refieren los puntos 11 y 12, se hará en la primera quincena del mes de marzo de este año.
Cláusula 115. Bis. Un incrementoa la compensación que se otorga al personal académico que labora en las ciudades de Xalapa, Córdoba-Peñuela, Poza Rica y Papantla (zona barata) de $4.00 (cuatro pesos)para quedar en$75.00 (setenta y cinco pesos 00/100 M.N.) la hora-semana-mes, que tendrá carácter de extraordinaria y temporal y no integrará la base para cálculo de incrementos salariales o prestaciones que llegaran a acordarse en ambas partes. De ser razonidficada alguna de las ciudade antes citadads, se cancelará y dejará sin efecto cualquier pago que venga haciéndose por este concepto.
Cláusulas del Contrato Colectivo de Trabajo modificadas
- Cláusula 30: Se modifica la fracción XIV segundo párrafo. Alegatos. FESAPAUV, dentro de los ocho días naturales siguientes al levantamiento del acta circunstanciada, podrá comparecer ante los representantes de la UV, facultados para aplicar sanciones a efectos de dialogar para, de ser posible, encontrar una solución conciliatoria al problema o para formular los alegatos que considere pertinentes. Antes del vencimiento del término anterior, la UV no podrá aplicar sanción alguna.
- Transitorio único: Las partes convienen en modificar las cláusulas 33 y 57, suprimiendo el párrafo “siempre y cuando los documentos correspondientes a la contratación se encuentren debidamente requisitados en la Dirección General de Recursos Humanos” al iniciar la operación del Subsistema de Gestión Integral y Desarrollo de los Recursos Humanos, el cual permitirá que la entidad académica realice, de manera electrónica, el trámite de la contratación de personal académico a fin de garantizar el pago oportuno correspondiente.
- Cláusula 62:Párrafo Nuevo: Al personal que presta sus servicios en el Sistema de Enseñanza Abierta, como sus días de descanso son domingo y lunes de cada semana, de coincidir uno de estos días con el descanso obligatorio, éste se pagará con doble salario.
- Cláusula 63:Las partes están de acuerdo en modificar el inciso b) de esta cláusula para quedar en los términos siguientes: b)El segundo período será de quince días hábiles y comprenderá la segunda quincena del mes de julio y los días necesarios de la primera quincena del mes de agosto para completar los quince días; dicho periódo deberá estar ligado y,———————-
- Claúsula 129: Para efectos de lo señalado en la cláusula anterior (cláusula 128), las partes están de acuerdo en crear y establecer de manera permanente una comisión decapacitación y adiestramiento, la cual esatrá integrada por seis representantes del sindicato e igual número de representantes de la institución, así como un representante de cada una de las partes, y tendrá como sede la región respectiva, a excepción de Xalapa, que se integrará con dos representantes de cada parte.
- Cláusula 159: La Universidad entregará al sindicato, dos meses antes del inicio de cada semestre, una relación de integrantes del personal académico que adquiera base, sea promovido a categoría diferente, así como las vacantes definitivas, temporales, plazas de nueva creaciónque sea necesario cubrir conforme a las reglas de ingreso, promoción y permanencia. La revisión de cargas académicas se llevará a cabo previo al inicio de cada semestre y en función de la programación académica institucional, de preferencia con dos meses de anticipación.
- Cláusula 167 Bis: De acuerdo al convenio pactado el 7 de noviembre de 1986, la Universidad Veracruzana continuará autorizando, a partir de la fecha que lo requiera el sindicato,22 licencias deplazas de académico de tiempo completo y trece licencias de académico de medio tiempo con goce de sueldo, ya sea que se trate de catedráticos, investigadores o técnicos académicos, cualquiera que sea su categoría y nivel y sin pérdida de sus derechoslaborales, para desempeño de comisiones sindicales, dentro de las cuales están incluidas las del Comité Ejecutivo Estatal, así como las de los comités regionales del sindicato y otras que se hayan concedido por este motivo a integrantes del personal académico.