SSTEEV

Media Póliza por Defunción

Art 60 Ley de Seguro Social De Los Trabajadores De la Educación del Estado de Veracruz

En la fecha en que ocurra el deceso, los beneficiarios de la persona que haya cobrado en vida el cincuenta por ciento de su Póliza, tendrán derecho a obtener únicamente el cincuenta por ciento de la Póliza de Defunción en vigor.

Requisitos: Documentos en original o copia certificada

       Solicitud personal de los beneficiarios según testamento.

       Cancelación de pensión expedida por  el IPE.

       Acta de defunción del asegurado.

       Acta de nacimiento de los beneficiarios.

       Copia del testamento.

Art 63 Ley de Seguro Social De Los Trabajadores De la Educación del Estado de Veracruz

En caso de elevarse la Póliza de Defunción por aumento en la cuota correspondiente o por incremento de asociados, la persona que recibió el cincuenta por ciento, no tendrá derecho a recibir la diferencia de esa media Póliza, ya que el descuento se hizo con anticipación.

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